¿Pero, qué son las tarjetas revolving?

¿Pero, qué son las tarjetas revolving?

Llevamos un par de años escuchando sin parar el término “revolving”, pero, ¿sabemos qué significa?

La palabra “revolving” significa REVOLVENTE, y hace referencia al método de cálculo de intereses que utilizan algunas entidades en sus tarjetas de crédito o con pago aplazado y en créditos o microcréditos.

Normalmente no aparece explicado en el contrato que se firma (el cuál, seamos sinceros, no se lee nadie. Para empezar porque tienen una letra minúscula y un lenguaje incomprensible) y si aparece, lo hace de manera escondida, sin resaltar, sin hacer hincapié en algo que es sin duda parte esencial del contrato, ya que afecta al precio que vamos a pagar por las disposiciones de crédito y por las compras que realicemos.

Es lógico que nos cobren intereses por permitirnos acceder a un dinero del que en el momento carecemos, y que nos sirve para hacer frente con comodidad a los gastos de nuestra vida diaria. Pero… es legal que nos cobren un 2.700% de intereses, (o incluso más, y no doy nombres) tal y como hacen empresas que se dedican a ofrecer créditos y que se anuncian en televisión?

 

NO, ¡¡NO LO ES!!

 

En primer lugar, porque se trata de un caso de USURA el cuál castiga la Ley.

Y, en segundo lugar, y ahí vamos al meollo del asunto, porque calculan los intereses de tal manera que nunca se acaba de pagar la deuda, por muchos esfuerzos que hagas. Todo lo que pagas, se va a pagar los intereses y la deuda se reduce muy poquito.

El sistema revolving de cálculo de intereses, significa que la parte de capital dispuesto que no se reembolsa con la cuota mensual, devenga a su vez nuevos intereses remuneratorios que se incorporan a la propia cuota mensual, provocando que mes a mes dichos intereses vayan creciendo exponencialmente en perjuicio de la amortización del capital.

 

EJEMPLO:

Hago una disposición de 1.000 € y elijo pagar una cuota mensual de 50 €.

Como después de pagar la cuota de 50€ me quedarían por pagar 950 €, se calculan los intereses de esos 950€ y se suman al saldo pendiente, por lo que al siguiente mes, se vuelven a calcular intereses sobre ese importe pendiente incluidos los intereses generados. También se suman al saldo pendiente las comisiones por impago, descubierto, etc… y se calculan nuevamente intereses sobre esos importes.

SOBRE LA TRANSPARENCIA. Para que este sistema fuera legal, tendría que estar claramente explicado en una cláusula bien resaltada, debido a su importancia, y explicada de manera clara y comprensible por la persona que nos ofrece la tarjeta o el crédito, comprobando que nos queda clara cuál es la carga económica que supone para nosotros utilizar dicha tarjeta o contratar dicho crédito.

El problema es que eso no sucede: ni aparece en el contrato, ni los comerciales que venden estos productos explican nada a los consumidores. Y ello porque la realidad es que ni siquiera ellos saben cómo funciona la tarjeta que te están casi obligando a aceptar en el supermercado.

Ahora nuestros Tribunales nos están dando la razón y están declarando la nulidad de estas cláusulas tan dañinas para los consumidores.

Pregúntanos cómo reclamar para que te devuelvan todo lo que te han cobrado de más: intereses, comisiones, seguros de protección de pagos, etc… con los intereses de esas cantidades, además.

 

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