COMPRUEBA SI PUEDES RECLAMAR POR EL IRPH DE TU HIPOTECA

COMPRUEBA SI PUEDES RECLAMAR POR EL IRPH DE TU HIPOTECA

TRAS LA NUEVA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE), SE PUEDE RECLAMAR QUE TE DEVUELVAN LOS INTERESES PAGADOS

 

Ten a mano la escritura de tu hipoteca y revisa lo siguiente:

 

1). Revisa la cláusula TERCERA BIS de tu hipoteca. Normalmente los tipos de referencia para calcular los intereses se establecen en esa cláusula.

 

2). Comprueba el índice de referencia que te aplican para el cálculo de intereses. Suele aparecer redactado de la siguiente manera: “ Se entiende por tipo de referencia a efectos del presente contrato…”

 

3). Comprueba si se te aplica alguno de los siguientes índices:

                            – Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para la adquisición de vivienda libre, concedidos por las entidades de crédito en España

                            – Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para la adquisición de vivienda libre, concedidos por las Cajas de Ahorro

                            – Tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años, para la adquisición de vivienda libre, concedidos por los Bancos

 

 

4). Por último, comprueba si se añade un diferencial positivo al tipo de interés.

La frase que se suele utilizar es la siguiente: “El tipo de interés nominal aplicable se calculará mediante la adición al tipo de referencia de un diferencial de …”.

 

Si ese diferencial es 0 o mayor que 0: 

PUEDES RECLAMAR!!

 

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